WEB
CONTACTO
El Real Decreto-Ley 15/2018 está destinado a revolucionar lo que hasta ahora ha sido el autoconsumo energético en España. La redacción de la norma reconoce los graves efectos económicos que había provocado la legislación anterior y se propone convertir España en un referente para el autoconsumo , como ya lo son algunos países europeos.
Estos son los principales cambios que introduce la nueva legislación:
Hasta ahora, los autoconsumidores con potencia contratada mayor a 10kW tenían que abonar ciertas cantidades dependiendo de su tipo de instalación, los llamados “costes variables”. El nuevo RDL específica que el autoconsumo que tenga “origen renovable, cogeneración o residuos estará exenta de todo tipo de cargos y peajes”, por tanto se eliminan estos gastos en concepto de impuestos .
Para aprovechar las economías de escala, se permitirá que varios consumidores compartan una misma instalación de autoconsumo . Esto significa la creación de un nuevo concepto de autoconsumo impensable bajo la antigua normativa. Además, se amplían los dominios físicos de una instalación de autoconsumo, y se elimina la obligación de que ésta esté en el mismo edificio, aunque deberá estar próxima, en líneas derivadas del mismo centro de transformación.
La simplificación de los trámites afecta, sobre todo, a instalaciones domésticas que, hasta ahora, tenían que pasar por complicados y largos procesos con la administración, las auditorías técnicas o la compañía eléctrica para legalizar su instalación. En concreto, se suprimen los siguientes pasos o requisitos técnicos antes obligatorios:
- La obligación de darse de alta en el registro de Autoconsumo : las Comunidades Autónomas podrán llevar un control de las instalaciones exigiendo sólo la documentación técnica ordinaria, lo que simplifica los trámites que se debían realizar hasta ahora.
- La solicitud del punto de conexión a la compañía energética: ya no será un paso obligado para aquellas instalaciones domésticas que no vayan a verter la energía excedente en la red.
- El segundo contador : este contador, que encarecía y complicaba la legalización de la instalación, ya no será necesario.
Hasta ahora, la potencia generada por los paneles tenía que ser inferior a la potencia contratada pero el límite ha sido suprimido. Además, se elimina el impuesto que se aplicaba a las baterías instaladas.
Hasta ahora, las sanciones por incumplir algunas de las normas establecidas en todo tipo de instalaciones podían llegar a grandes cifras millonarias. Ahora, las sanciones nunca podrán ser mayores del 10% de nuestra facturación anual . No obstante, con la simplificación de muchos de los requisitos técnicos y la reducción de los trámites, será mucho más fácil cumplir con las normas y no arriesgarse a una cara sanción.
Se trata de restar directamente en nuestra factura de la luz una valoración a precio de mercado mayorista de la energía que nos sobre, sin que esto se considere una actividad económica.
Estos puntos son sólo el aperitivo de todo lo que traerán estos cambios que se someterán a la redacción de la ley durante los próximos tres meses, en la se publicará un nuevo reglamento, donde podremos saber más concretamente cómo llevar a la práctica la nueva legislación.
Si hasta ahora el autoconsumo era una alternativa que suponía ahorro y una mayor capacidad de decisión por parte del consumidor, estos cambios en la normativa mejoran aún más las perspectivas para el autoconsumidor: la reducción de los trámites, algunos requisitos y la eliminación del llamado “impuesto al sol” hacen que las instalaciones sean ahora más rentables y fáciles de amortizar. Es el momento del autoconsumo ¿Te sumas a la ola? En nuestro directorio encontrarás empresas que te ayudarán en todo lo necesitas para llevarlo a cabo.
Artículo patrocinado por Thermias.
Your email:
Ahora sí, es la hora del autoconsumo. Claves de las recientes modificaciones normativas 12/11/2018
6 razones para pasarse al autoconsumo 16/08/2018
La contaminación: un problema que afecta a las playas españolas 09/08/2018
Autoconsumo. Trámites legales para instalaciones iguales o menores de 10kW 25/07/2018
Gas R32. Ventajas del gas refrigerante menos contaminante 01/08/2017
aerotermia
Aire acondicionado
Biomasa
Eficiencia energética
Energía eólica y minieólica
Energía geotérmica
Energía solar Energía solar fotovoltaica Energía solar térmica
Energía solar fotovoltaica
Energía solar térmica
Energías renovables
Uncategorized